Tráfico sólo tramita la baja del vehículo si el propietario está al corriente del pago del IMTV. El impuesto se carga por año natural a quienes son titulares de un vehículo a fecha 1 de enero, independientemente de cuál sea el calendario establecido por cada Ayuntamiento para el pago. Si llegado el momento de desguazar el vehículo aún no nos han cobrado el impuesto, se puede entregar una copia del último recibo pagado, siempre y cuando el Ayuntamiento todavía no haya abierto el plazo para el pago del impuesto del año en curso. Legalmente se prevé que cuando un vehículo causa baja definitiva el IVTM pueda ser dividido por trimestres naturales, por lo que se descontará la cantidad correspondiente a los trimestres naturales restantes hasta acabar el año en curso. Si ya hemos pagado la anualidad completa y damos de baja el vehículo, podemos solicitar en el Ayuntamiento la devolución parcial del importe pagado.